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Facilidades para el tránsito

Publicado 4.8.2008

Un telegrama difundido por el Ministerio del Interior establece de manera transitoria y con validez a partir del 1 de agosto de 2008 al 31 de enero de 2009 algunas facilidades para el tránsito a través de los estados miembros de la UE de los ciudadanos de terceros países que posean un permiso de residencia en instancia de renovación, pudiendo exhibir entonces el comprobante de Poste Italiane SPA.

Durante el periodo de validez del telegrama los interesados podrán hacer tránsito por los países del área Schengen a través de las fronteras terrestres, marítimas y aéreas. Esta disposición involucra a Italia, y también a Francia, Alemania, Luxemburgo, Bélgica, Holanda, Portugal, España y Austria, Grecia, Suecia, Dinamarca, Finlandia, Noruega, Islandia, Estonia, Hungría, Letonia, Lituania, Polonia, Eslovenia, Eslovaquia, República Checa y Malta.

La documentación necesaria para viajar, para quien se encuentra en espera de la renovación del permiso de residencia, es la siguiente:

  1. pasaporte u otro documento de identidad equivalente y por ende válido para la expatriación;
  2. original o copia del viejo permiso de residencia;
  3. comprobante que ateste la presentación de la solicitud de renovación del permiso de residencia.

En cambio, para quienes se encuentran en poseso del comprobante de solicitud del primer permiso de residencia valen las disposiciones que establecen que es posible salir y volver a entrar al territorio nacional con la condición de que la salida y el ingreso se efectúen por el mismo paso de frontera y que no se haga tránsito a través de ningún país del área Schengen.

Esta sanción del Ministerio del Interior será válida hasta el 31 de enero de 2009.


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